Arbitraje de Emergencia

Arbitraje de Emergencia: medidas urgentes antes del tribunal.

Ideal para controversias que requieran una decisión urgente antes de la conformación del Tribunal Arbitral, conforme al Reglamento Procesal del Centro.

¿Qué es el arbitraje de emergencia?

Protección inmediata mientras se conforma el tribunal.

Es un procedimiento acelerado que permite a una parte solicitar medidas cautelares urgentes cuando existe peligro inminente o riesgo de daño irreparable, sin esperar a que el Tribunal Arbitral quede constituido.

Un árbitro de emergencia designado por el Centro evalúa la solicitud y dicta la medida en plazos breves. Su decisión es temporal: el Tribunal Arbitral, una vez instalado, puede confirmarla, modificarla o dejarla sin efecto.

Ventajas

¿Por qué solicitar un arbitraje de emergencia?

Evita que la controversia se agrave o que el laudo final pierda eficacia mientras se forma el tribunal.

Respuesta inmediata

Procedimiento acelerado con plazos breves para resolver la solicitud cautelar.

Protección de derechos

Evita daños irreparables, como la ejecución de garantías o la paralización de una obra.

Antes del tribunal

No es necesario esperar la designación e instalación del Tribunal Arbitral.

Árbitro especializado

Designado de una nómina con experiencia en contratación pública y medidas cautelares.

Confidencialidad

Las actuaciones son reservadas y protegen la información de las partes.

Medida revisable

El Tribunal Arbitral puede confirmarla, modificarla o dejarla sin efecto.

Proceso

Etapas del arbitraje de emergencia.

01

Solicitud

Se presenta por Mesa de Partes Virtual con la medida cautelar pedida, su sustento y el pago de la tasa.

02

Designación

El Centro designa a un árbitro de emergencia de su nómina especializada.

03

Traslado

Se corre traslado a la otra parte y, de ser necesario, se convoca a una audiencia breve.

04

Decisión

El árbitro dicta la medida, vigente hasta que el Tribunal Arbitral la revise.

Reglamento y documentos

Marco normativo aplicable.

Normas que rigen el procedimiento de emergencia y la actuación de los árbitros.

PDF

Reglamento de Arbitraje

Reglas del procedimiento arbitral administrado por el Centro.

Descargar↓
DOC

Cláusula arbitral modelo

Texto sugerido para someter tus contratos al Centro.

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PDF

Reglamento de costos arbitrales

Reglas para el cálculo y pago de los costos del proceso.

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PDF

Tabla de costos

Honorarios arbitrales y administración según la cuantía.

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Requisitos

¿Qué necesitas para solicitar una medida de emergencia?

Reúne la siguiente documentación y preséntala a través de nuestra Mesa de Partes Virtual. Nuestro equipo revisará tu solicitud y te orientará si falta algún documento.

01

Convenio arbitral

Contrato o acuerdo que somete la controversia a la administración del Centro.

02

Medida solicitada

Descripción precisa de la medida cautelar y de su alcance.

03

Urgencia y daño

Sustento del peligro inminente o del daño irreparable que se busca evitar.

04

Pago de la tasa

Comprobante de pago de la tasa de emergencia según la tabla vigente.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas.

Sí. La solicitud puede presentarse antes o junto con la solicitud de arbitraje, siempre que exista un convenio arbitral que designe al Centro.

Un árbitro de emergencia designado por el Centro, distinto de quienes integrarán luego el Tribunal Arbitral.

No. Es temporal y el Tribunal Arbitral, una vez constituido, puede confirmarla, modificarla o dejarla sin efecto.

El costo depende de la cuantía. Puedes estimarlo en nuestra calculadora de tarifas seleccionando “Arbitraje de emergencia”.

Inicia tu solicitud

¿Tu controversia no puede esperar? Presenta tu solicitud hoy.

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